
Titulamos la presente entrada como “Abogacía: derechos del cliente”, para hacer referencia al hecho de que todo abogado está sujeto a la normativa aplicable al sector, lo que deriva en derechos para el cliente, quien debe estar considerado en el centro y a favor del cual se deben hacer valer en todo caso sus derechos.
Así por ejemplo, el Pleno del Congreso de los Diputados, el 16 de abril de 2002, aprobó por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, como proposición no de ley, el texto de la Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia, que establece un catálogo de derechos de los usuarios de la Justicia.
Carta de Derechos de los Ciudadanos
Por otro lado, todo abogado queda sometido a la normativa legal y estatutaria, al fiel cumplimiento de las normas y usos de la deontología profesional de la Abogacía y al consiguiente régimen disciplinario colegial.
Estatuto General de la Abogacía Española
Adicionalmente, cabe destacar que en el supuesto de que se esté inmerso en un procedimiento judicial o se pretenda iniciar uno pero se carezca de patrimonio suficiente para ello, es posible solicitar asistencia jurídica gratuita, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos para ello, y se tramite en plazo la solicitud. Puedes solicitar información a través de distintos medios (en los Colegios de Abogados, por ejemplo), y en el Ministerio de Justicia se contiene información de interés que puedes consultar en todo caso.